Atropellado y distorsionada la administración de la justicia en las demandas del ISSSTE

El pasado 5 de junio de 2008, el Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, publicó  el acuerdo por el que se establecen las fechas para la celebración de las audiencias públicas en relación con los juicios de amparo en revisión promovidos en contra de la ley del ISSSTE.

Sin embargo, ante este anuncio, la Alianza de trabajadores de la Salud y Empleados Públicos ha denunciado que la publicación del programa y lineamientos de la consulta y la revisión de las demandas contra la inconstitucionalidad de la nueva ley del ISSSTE, incumple la transparencia ofrecida por el pleno de la corte a través del ministro presidente desde agosto del año pasado y compromiso del poder judicial con la sociedad mexicana.

Los funcionarios de la corte han informado que se realizara solo una audiencia pública para conocer de agravios y planteamientos de los afectados por la nueva ley otra audiencia será para conocer la argumentación de las autoridades a favor de la ley del ISSSTE.

La falta  de la información respecto a la admisión y desahogo de las más de 200 mil demandas contra la ley suscritas que rebasan los 1.5 millones de empleados públicos, así como el rezago en el proceso y el incumplimiento de las autoridades gubernamentales de las suspensiones provisionales y permanentes generan una amplia desconfianza en los trabajadores sobre la administración de la justicia que están obligados los ministros del pleno de la corte.

La Alianza de Trabajadores de la Salud y Empleados Públicos demanda que las audiencias públicas consideren a los trabajadores agraviados, jubilados, académicos y representantes sociales y políticos. Y que se asegure la certidumbre y certeza en los juicios entregando y difundiendo la información sobre los procesos.

En el documento base que integra los conceptos de violación expuestos en 83 modelos de amparo (ver el documento de referencia) existen evidencias suficientes de violación fundamental a la Constitución para resolver la inconstitucionalidad de la nueva ley como es la referente al trabajo al trabajo digno y la protección social del trabajo (Art., 123) la no retroactividad de leyes y actos de autoridad (art. 14);  la no embargabilidad o (confiscación de los fondos de seguridad social) el patrimonio laboral de los trabajadores (art 22)  la falta de consulta y de consideración de las propuestas de los trabajadores afectados (art. 26) y la falta de fundamentos y motivos (art 16).

La alianza de trabajadores de la salud, se suma a la movilización convocada por la CNTE el día 13 de junio y convoca a realizar simultáneamente en todos los juzgados de distrito del PAIS ACTOS POR LA TRANSPARENCIA EN LA JUSTICIA, donde reclamaremos la resolución de inconstitucionalidad de la nueva ley del ISSSTE

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