Violaciones del gobierno canadiense a compromisos internacionales

Información de las violaciones del gobierno de la Provincia de Columbia Británica y el Candiense a distintas convenciones internacionales que garantizan derechos humanos y del trabajo.

Gobierno de Columbia Británica, Canadá , en su política de agresión a los y las maestras y maestros , sigue Violando sus compromisos internacionales, firmados en la Organización Internacional de Trabajo .

¿Qué es la Organización Internacional de Trabajo ?OIT-?

La Organización Internacional de Trabajo fue fundada en 1919, y aún hoy continúa siendo una de las organizaciones expertas de las Naciones Unidas. Desde su centro de operaciones en Ginebra, Suiza, la OIT promueve justicia social e internacionalmente reconoce derechos humanos y laborales. Recibió el Premio Nobel de la Paz en 1969.

La OIT es única dentro del sistema de las Naciones Unidas porque tiene una estructura de balance tripartito, que permite a los trabjadores y emplados de organizaciones participar como partes iguales con sus gobiernos. La OIT trabaja para mantener ocho convenciones fundamentales a los derechos humanos en el trabajo. Ellos cubren libertad de asociación, libertad de organización, contrato colectivo, abolición de la fuerza de trabajo infantil, etc.

Una vez que un Gobierno ratifica una convención, se espera que ese gobierno la tome como un acuerdo internacional, Canadá, con el apoyo de todos los gobiernos de todas las provincias y territorios ratificaron la Convención de Libertad de Asociación y Protección de los Derechos a la Organización en 1972.

La OIT condenó los contratos impuestos por la Ley en la Columbia de Británica

Se le solicitó a la OIT examinar una ley que imponía un contrato a los y las maestras de la Columbia Británica en el añ 2002. La OIT resolvió que la designación de ?servicio esencial? viola la convención de la cual Canadá es signatario. También urgió que dicha Ley fuera abolida y que el Gobierno dialogara con la Federación de Maestros de la Columbia Británica. En lugar de imponer un contrato por legislación, señaló que ?una acción unilateral hecha por las autoridades no hace mas que crear inestabilidad en las relaciones laborales lo cual a largo término puede ser perjudicial.?

Las Nacionales Unidas encuentran que el Gobierno de la Columbia Británica ha violado la Ley Internacional

Después de una extensa investigación, la Organización Internacional de Trabajo ha concluído que seis leyes decretadas por el gobierno Liberal de la provincia de Columbia Británica violan convenciones internacionales de las cuales Canadá es signataria. Tres de ellas tenían que ver con la educación y las y los maestros de la provincia.

¿Qué promovió solicitar una investigación de la OIT?

En Noviembre del 2001, representantes de los sindicatos de maestros, enfermeras, profesores de educación superior, profesionales de las ciencias de la salud, y trabajadores gubernamentales llenaron una queja con la Organización Internacional de Trabajo sobre seis leyes relacionadas con el derecho a huelga y negociar contratos colectivos en los sectores de salud y educación.

Representantes de la OIT investigaron las quejas y concluyeron que el Premier (Primer Ministro) de la Provincia Gordon Campell y su gobierno son violadores del derecho a la libertad de asociación garantizada bajo la convención de las Naciones Unidas.

La OIT aconsejo al gobierno de la Columbia Britanica no legislar contratos otra vez

En la actual negociación, la OIT ha aconsejado al gobierno lo siguiente: ? El Comité firmemente solicita al Gobierno de evitar en un futuro tener que recurrir a tal acuerdo legal, y espera firmemente que la próxima rueda de negociaciones se realice de acuerdo con los principios arriba mencionados (libertad de asociación).

¿Cuál fue la respuesta del gobierno a la OIT?

La OIT solamente decide después de haber obtenido información de los gobiernos involucrados. En su respuesta, los oficiales del Gobierno de la Columbia Británica dijeron que ?cualquier restricción a Contratos colectivos o al derecho a huelga es una medida excepcional, decretada en vista de las dificultades económicas y situación fiscal.? Más adelante, ellos intentaron rechazar todas las quejas juntas. Le dijeron a la OIT ?que el Gobierno considera que las quejas son fundamentalmente frívolas, viciadas, y la mayoría son producto de un motivador político, y sin mérito alguno?. Claramente el comité de Libertad de Asociación no compartió esta opinión.

La OIT falló que las tres leyes relacionadas con los maestros/as violan los convenios de las Naciones Unidas. Estas son:

1. Ley 18 (Acto de desarrollo de habilidades y estatutos de trabajo). Dicha ley define el trabajo de maestros/as y otros empleados en el sector de educación pública como ?servicio esencial.? La OIT falló que la educación no es un servicio esencial en el sentido estricto de la palabra, donde el derecho a huelga puede ser restringido o prohibido. La OIT repetidamente ha dicho que la ley esencial de servicios es apropiada unicamente para servicios que promuebe proteger la vida, seguridad personal, o salud de la población. La OIT concluye que la Ley 18 debe ser eliminada.

2. Ley 27 El Acuerdo Colectivo en Servicios de la Educación quitó 10 acuerdos locales e impuso un contrato de tres años a los maestros. Dicho contrato contemplo un aumento de slario de 2.5% por año pero el Gobierno ha rehusado financiar los aumentos que están legislados. La OIT exige al gobierno enmendar las provisiones relevantes de la Ley 27 para que los sindicatos y el gobierno en negociación, por acuerdo, modifique las condiciones de trabajo unilateralmente impuestas por la ley impugnada.

3. Ley 28 Flexibilidad y Opcion a la Educación Pública eliminó del Contrato colectivo de los maestros todas las provisiones contractuales, que aseguran cualidad en las condiciones de aprendizaje. Asi, el gobierno abrió el camino para aumentar el número de estudiantes por aula, menos apoyo para los estudiantes con necesidades especiales, y disminuye el número de maestros. La OIT recomienda que el gobierno establezca, con una protección apropiada de neutralidad e independencia, la comisión que examine las estructuras de negociación en la Ley 27. También debe incluír en su mandato los problemas surgidos en conexión con la Ley 28. La OIT también requiere que el Gobierno se abstenga en el futuro de recurrir a imponer por legislacion los convenios colectivos y que respete la autonomia de los sindicatos en el alcance de los acuerdos negociados. A pesar de que la OIT emitío estos fallos en 2003, los gobiernos de Canadá y Columbia Británica han hecho caso omiso a las resoluciones de la OIT y ahora el gobierno de la provincia no solamente está repitiendo las mismas violaciones sino está restringiendo aún más el derecho de los maestro/as a negociar un contrato colectivo ? amenazando a sus dirigentes con encarcelamiento y multas masivas por haber tomado pequeños medidas de hecho (como no llevar las listas de asistiencia a la oficina del director).

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