El acuerdo de la Audiencias públicas sobre las demandas contra la inconstitucionalidad de la nueva ley del ISSSTE, Incumple la transparencia y certeza jurídica ofrecida por el pleno de la Suprema Corte de Justicia, a
través del ministro presidente desde agosto del año pasado, compromiso del poder judicial con la sociedad mexicana. La realización de sólo una audiencia pública y el hecho de que no haya existido difusión de las audiencias, ni de la convocatoria para el registro de participantes, excluye a muchas organizaciones y grupos afectados e interesados en defender sus derechos adquiridos y exigir que el Estado asuma su responsabilidad en la protección social del trabajo de los mexicanos.
Demandamos que las audiencias públicas consideren a los trabajadores agraviados, jubilados, académicos y representantes sociales y políticos. Y que se asegure la certidumbre y certeza en los juicios, entregando y difundiendo la información sobre los procesos. La falta de la información respecto a la admisión y desahogo de las más de 200 mil demandas suscritas contra la ley , que rebasan los 1.5 millones de
empleados púlicos, así como el rezago en el proceso , el incumplimiento de las autoridades gubernamentales de las suspensiones provisionales y permanentes, generan una amplia desconfianza en los trabajadores sobre la administración de la justicia a que están obligados los ministros del pleno de la corte.
En el documento base que integra los conceptos de violación expuestos en 83 modelos de amparo, se muestra que existen evidencias suficientes de violación fundamental a la Constitución para resolver la inconstitucionalidad de la nueva ley, como es la referente al trabajo digno y la protección social del trabajo (Art., 123); la no retroactividad de leyes y actos de autoridad (art. 14); la no embargabilidad o (confiscación de los fondos de seguridad social) del patrimonio laboral de los trabajadores (art 22); la falta de consulta y de consideración de las propuestas de los trabajadores afectados (art. 26) yla falta de fundamentos y motivos (art 16). Sin embargo faltan el reconocimento del derecho a la salud y otros.
En las resoluciones que tendrá que emitir la Corte, lo que está en juego, por un lado, es la aplicación de la justicia y por otro, que la Suprema Corte haga valer la Constitución, y no avale la violación de la legislación laboral para incrementar la explotación salvaje del trabajo, instituyendo el empleo precario sin estabilidad, sin prestaciones y sin organización.
Hacemos un urgente llamado a todos los trabajadores a participar para evitar la legalización del despojo de nuestros fondos de pensiones, médicos y de prestaciones económicas, la confiscación del SAR y FOVISSSTE y recuperar nuestra organización secuestrada por lo charros sindicales.
Nos sumamos a la movilización convocada por la CNTE el día 13 de junio y convocamos a realizar simultáneamente en todos los juzgados de distrito del PAIS ACTOS POR LA TRANSPARENCIA EN LA JUSTICIA, donde reclamaremos la resolución de inconstitucionalidad de la nueva ley del ISSSTE.
Cuauhtemoc Velazco Srio General de la Delegación de Académicos e
investigadores del INHA, Juan Ortiz Srio General del Sindicato de trabajadores
de la Universidad Autonoma de Chapingo , Irma Acela Coorndinadora de Jubilados
de la CNTE-SNTE, ALIANZA DE TRABAJADORES DE LA SALUD Y EMPLEADOS PUBLICOS
J. Antonio Vital Galicia,
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