Niegan amparo a maestros contra la reforma educativa; podrán recurrir incluso a la Corte

Niegan amparo a maestros contra la reforma educativa; podrán recurrir incluso a la Corte

  • Sus derechos se verían afectados hasta que participen en alguna evaluación, según jueces
  • Los profesores exigen revertir modificaciones a los artículos tercero y 73 constitucionales

  • Marcha de maestros de la CNTE para exigir fin al hostigamiento de autoridades.
  • La imagen, en el Distrito Federal.
  • Foto. Carlos Ramos Mamahua.

Gustavo Castillo García

La Jornada/080613.

Órganos del Poder Judicial Federal declararon que son improcedentes cientos de juicios de amparo promovidos por miles de maestros contra la reforma educativa. Uno de los argumentos es que los jueces no pueden revisar la legalidad de una norma plasmada en la Constitución.

Además, señalaron que los maestros no verán afectados sus derechos laborales en tanto no participen en algún concurso de oposición o, en su defecto, sean evaluados de manera obligatoria para el ingreso, promoción, reconocimiento y permanencia en el servicio profesional, y que será hasta entonces, cuando exista un acto de aplicación que incida en sus derechos fundamentales, cuando podrían acudir al juicio de amparo. Todas esas son situaciones que están contempladas en la reforma educativa.

Los juzgados sexto y séptimo de distrito del Centro Auxiliar de la Segunda Región, con sede en San Andrés Cholula, Puebla, dieron a conocer la manera en que decidieron el fallo sobre los expedientes de juicios de amparo promovidos desde febrero pasado contra las modificaciones que el Congreso realizó a los artículos 3 y 73 de la Constitución, y con los cuales, según los integrantes de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE), se privatizará la enseñanza pública y se modificaron las condiciones de trabajo de los docentes, entre otros efectos negativos para la ciudadanía.

El Consejo de la Judicatura Federal determinó que todos los juicios de amparo que se promovieran contra dicha reforma educativa fueran concentrados en tres juzgados con sede en Puebla; dos de ellos determinaron que las solicitudes de protección interpuestas por los maestros son improcedentes, y ahora los mentores tendrán que apelar de la decisión judicial y pedir que un tribunal colegiado o la Suprema Corte de Justicia de la Nación revisen la sentencia dictada.

De esta manera, aunque inicialmente los profesores hayan obtenido lo que en términos jurídicos se conoce como suspensión provisional –es decir, una garantía que impide la aplicación de la ley en cuestión de manera temporal–, con estas sentencias emitidas dejaron de surtir efecto, explicaron funcionarios del Poder Judicial de la Federación.

Los ciudadanos no pueden combatir cambios de legisladores

El Consejo de la Judicatura Federal estimó que más de 250 mil maestros solicitaron la protección de la justicia federal contra la entrada en vigor de la reforma educativa.

Pero no ha dado a conocer el número de expedientes y de docentes que tendrán que apelar de las sentencias emitidas, ni tampoco cuántos casos se encuentran aún en trámite en el juzgado tercero de Distrito del Centro Auxiliar de la Segunda Región con sede en San Andrés Cholula, Puebla.

Entre los argumentos esgrimidos por los jueces para declarar improcedentes los juicios de amparo, está que en esencia las modificaciones o adiciones que hagan (los legisladores) a la Constitución Federal no pueden ser combatidas por los ciudadanos mediante el juicio de amparo.

También argumentaron que la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos no prevé expresamente el procedimiento para combatir una reforma constitucional.

Según los juzgados federales su decisión de declarar improcedentes estos juicios de amparo no vulnera los principios de acceso a la justicia previstos en la Carta Magna y tratados internacionales en materia de derechos humanos, a los que tienen derecho quienes interpusieron estos recursos.

En sus resoluciones agregaron que, en parte, la declaración de improcedencia se debió a que los maestros quejosos no impugnaron la parte de la reforma constitucional relativa al mejoramiento de la educación en nuestro país.

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Nota mía: Respetuosamente me permití modificar levemente la estructura de la nota de Gustavo Castillo García, con la exclusiva finalidad de facilitar su lectura en el formato de Odiseo. Alfredo Macías Narro.


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