México. La Alianza de Trabajadores de la Salud y Empleados Públicos envía el siguiente comunicado para invitar a participar, juntos con universitarios y maestros el próximo día 1o de septiembre, con actos de 13 a 16 horas en los hospitales 20 de Noviembre, 1o de Octubre y Zaragoza, para movilizarse de ahí, a las 17 horas, frente a la Suprema Corte de Justicia.
Como advierte el comunicado de la Alianza, “sólo con las movilizaciones masivas y acciones contundentes en todo los estados de la república y en el D.F., y reinstalando el plantón en la SCJN lograremos echar abajo esta nefasta disposición y las políticas neoliberales que los organismos internacionales han impuesto a los títeres del gobierno que lanzan la indigencia y el hambre a los trabajadores jóvenes y al termino de la vida laboral”.
El comunicado inicia con una crónica de la lucha contra la nueva ley del ISSSTE, señalando lo logrado hasta ahora –si bien logros parciales, aún– y una relación de los artículos que, una vez que la Suprema Corte de Justicia de la Nación dicte su sentencia, no se aplicarán a los trabajadores.
COMUNICADO:
ALIANZA de TRABAJADORES de la SALUD Y EMPLEADOS PUBLICOS
¡¡TODOS A PARTICIPAR EL 1º. DE SEPTIEMBRE!!
Abrogación de la INCONSTITUCINAL ley del ISSSTE
Actos y brigadeo en hospitales del ISSSTE
El foro permanente de información y análisis jueves a las 17 hrs. En el auditorio Benito Juárez de ALDF. En plaza de la Constitución No. 7
A más de un año de que fuera aprobada la nefasta Nueva Ley del ISSSTE, que viola flagrantemente los derechos de los trabajadores al servicio del Estado y su repercusión directa al pueblo de México, la lucha por defender lo que por derecho legítimo nos corresponde, continúa hasta conseguir la abrogación de esta criminal ley.
La sorprendente respuesta de los trabajadores encabezados por la CNTE en la interposición de más de dos millones de solicitudes de amparo, dieron muestra del repudio generalizado en contra de las políticas entreguistas del actual régimen y el charrismo gansteril que dirige Elba Esther Gordillo Morales y Joel Ayala Almeida.
Pese a que la imposición de la Ley aprobada por PRI, PAN, PVEM y PANAL tenía todas las condiciones en contra de los trabajadores, la lucha emprendida desde la Coordinadora y los cuerpos jurídicos de las diferentes secciones en coordinación con la Unión de Juristas de México, han marcado un proceso histórico e insólito dentro de la impartición de justicia en un país como el nuestro cooptado por las cúpulas.
En el mes de octubre del año pasado, en respuesta al primer proceso de solicitud de amparo interpuesto en mayo, se otorgó la suspensión provisional de la ley, además de declarar que los artículos 20 y 25 de la misma violaban los derechos de los trabajadores, representando esto el primer paso firme en el camino de la abrogación.
En el mes de Enero del 2008 y pese a tener una orden del Juez para la suspensión provisional, Yunes hizo efectivos en febrero y de manera retroactiva el incremento de las cuotas demostrando que para estos delincuentes no existe legislación que los pare.
Inmediatamente envió a los domicilios de los trabajadores un formato para que rectificaran sus datos personales induciéndolos a dar una información que de antemano las dependencias (patrones) ya han ofrecido al Instituto, para hacer estimaciones del cálculo del bono de los trabajadores y crearles un espejismo de ilusión por tener en sus cuentas individuales una gran cantidad supuesta de dinero. Ocultando que se tiene que contratar un seguro de sobrevida (35% del bono).
Asimismo, emprendió una campaña en los medios despilfarrando los recursos del Instituto, promoviendo las virtudes de la nueva ley y descalificando la movilización que los trabajadores de la salud y Empleados públicos hemos realizado en los últimos 18 meses Por su parte los ministros de la corte se vieron obligados y ha resolver que la aplicación de 5 artículos son inconstitucionales por afectar derechos retroactivamente y establecen mantener los términos de la ley anterior y no el 10º Transitorio de la nueva ley para los trabajadores amparados. Un triunfo parcial del movimiento por la abrogación y la declaración de la inconstitucionalidad de la nueva ley. La suprema corte de injusticia no obstante a mas de 40 días de su revisión no a emitido su sentencia que se aplicara como jurisprudencia a todos los amparados y que considera la no aplicación de los Artículos siguientes:
Art. 25: Fracción II y III. Establece que en caso de que una dependencia o entidad no cumpliera durante 12 meses consecutivos o 18 meses con pagar total o parcialmente las cuotas, aportaciones o descuentos de sus trabajadores al ISSSTE, el instituto suspendería parcial o totalmente los seguros, prestaciones y servicios de los empleados de dicha entidad.
Art. 60.- último párrafo. Que exige al trabajador o a sus familiares solicitar al ISSSTE la calificación del probable riesgo de trabajo dentro de los 30 días hábiles siguientes a que haya ocurrido, porque de lo contrario no procederá la solicitud de calificación, ni el instituto reconocerá un riesgo de trabajo si no fue notificado a tiempo.
Art. 136: No se tendrá derecho a la pensión por viudez cuando el conyugue muera antes de cumplir 6 meses de matrimonio; cuando el trabajador se case después de los 55 años de edad, a menos que a la fecha de la muerte haya transcurrido un año desde la celebración del matrimonio, cuando al contraer matrimonio el pensionado reciba una pensión de riesgo de trabajo o invalidez, a menos que a la fecha de la muerte haya transcurrido un año desde la celebración del matrimonio.
Art. 251: El derecho del trabajador y, en su caso, de sus beneficiarios, a recibir los recursos de su cuenta individual al seguro del retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, prescribe a favor del instituto a los 10 años de que sean exigibles.
Art. 10º TRANSITORIO FRACCIÓN IV: Para calcular la pensión se tomará en cuenta el sueldo básico del último año inmediato anterior a la fecha de baja del trabajador, siempre y cuando tenga una antigüedad mínima en el mismo puesto y nivel de 3 años. Si tiene menos tiempo, se tomará en cuanta el sueldo inmediato anterior a dicho puesto, sin importar la antigüedad en el mismo. (La SCJN determino que el cálculo debe hacerse exclusivamente con base en el sueldo obtenido durante el último año.)
Los trabajadores seguimos insistiendo que la SCJN concluya la revisión integral de la inconstitucional nueva ley del ISSSTE sobre servicios médicos, riesgos de trabajo, pensiones y prestaciones sociales.
Todo esto ha dado un golpe muy importante para aquellos que apostaron al robo descarado de nuestros ahorros y pensiones, ya que el PENSIONISSSTE ha cumplido el plazo establecido por la Ley para su constitución, establecimiento y funcionamiento y, a la fecha no existe por no tener el dinero y las cuentas suficientes para operar, razón por la cual el Ejecutivo modifica el reglamento del 14 de diciembre violando nuevamente la Ley en su articulo 7º transitorio y publica en el DOF del 18 de junio una prorroga para la elección del régimen de pensión hasta el 14 de noviembre del presente año, mostrando su desesperación y voracidad.
El gobierno y los charros sindicales pretenden ampliar el termino para poder sustraer los fondos del SAR y FOVISSSTE, por lo que te invitamos a presentar la reclamación a la condusef para evitar el saqueo de tu ahorro laboral.
Compañeros y compañeras, en los meses siguientes seremos nuevamente bombardeados por campañas engañándonos y obligándonos a elegir, por lo que hacemos el llamado y el exhorto a no dejarse sorprender y no realizar ese supuesto derecho a opción pues te recordamos que el proceso de los amparos aún no tiene resolución y no termina, por lo que en caso de firmar la hoja de elección nulifica sus efectos y estarías reconociendo y acatando lo establecido en la nueva Ley del ISSSTE.
Vayamos juntos con universitarios y maestros el próximo día 1º. De septiembre, con actos de 13 a 16 hrs en los hospitales 20 de nov., 1o de Octubre y Zaragoza, para movilizarnos alas 17 hrs frente a la suprema corte de justicia.
Solo con las movilizaciones masivas y acciones contundentes en todo los estados de la república y en el D.F., y reinstalando el plantón en la SCJN lograremos echar abajo esta nefasta disposición y las políticas neoliberales que los organismos internacionales han impuesto a los títeres del gobierno que lanzan la indigencia y el hambre a los trabajadores jóvenes y al termino de la vida laboral.
ALIANZA de TRABAJADORES de la SALUD Y EMPLEADOS PUBLICOS
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J. Antonio Vital Galicia
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