Cronología del Bicentenario Educativo

 Ramón Uzcátegui

Memoria Educativa Venezolana

Cátedra de Historia de las Ideas Pedagógicas en Venezuela. Escuela de Educación. Universidad Central de Venezuela

Presentación

En el texto se recrean algunos de los hechos más emblemáticos sobre la educación venezolana desde 1811 a 1821 contenida en la base de datos de Memoria Educativa Venezolana. Hecha la cronología en el marco de las actividades del Bicentenario se busca rescatar la labor civilista emprendida el 19 de abril de 1811, y el carácter que la educación jugó en el proceso de establecimiento de la República, moderna acorde con las naciones más avanzadas para la época.

Tanto para el bando patriota como el bando realista la educación se convirtió en una estrategia de persuasión a la causa, pero progresivamente se fue consolidando como un vinculo esencial para el fortalecimiento de la República. Inspirado en las ideas de la Ilustración, la educación en contexto de la República naciente buscaba la formación de ciudadanos para el ejercicio de su condición: libre, crítico y respetuoso de las leyes.

Luego de los sucesos del 19 de abril de 1810 y del 5 de julio de 1811, la educación, por lo menos en las declaraciones públicas mas importantes, se constituyó en base fundamental para la formación del ciudadano, el establecimiento y sostenimiento de la República. Se asumió que por medio de la educación se auspiciaría el nuevo estado mental que suponía la condición de independencia, libertad e igualdad. En la letra y la acción se desplegaron iniciativas de diverso tenor para instituir y auspiciar la instrucción pública.

En doscientos años de vida republicana el tema educativo siempre ha estado presente en la gestión y la política publica del Estado, y en las iniciativas individuales y colectivas de venezolanos y venezolanas que entienden que, frente a otras opciones sociales, la educación es un factor esencial en el desarrollo cultural, político y material del pueblo venezolano.

Cronología

 

1810

19 de abril. Se declara la Independencia de Venezuela. Las provincias unidas de Caracas, Cumaná, Barinas, Margarita, Barcelona, Mérida y Trujillo reconocen su independencia absoluta de toda dominación extranjera, constituyéndose así el primer paso para el establecimiento político de la República de Venezuela.

14 de agosto. Se crea la Sociedad Patriótica de Agricultura y Economía. Esta iniciativa fue impulsada por el Secretario de Estado, Juan Germán Roscio, con la finalidad de fomentar “cuando sea posible la agricultura en el país, se adelantes las artes mas compatibles con nuestras necesidades actuales, progrese el comercio, se genere y perfeccione la educación de la juventud de ambos sexos, y toquen mejor el objeto de su destino los establecimientos de beneficencia que tenemos, o se promuevan otros alivios de humanidad”[1]

…conquistada la independencia, hubo necesariamente que atenderse a la instrucción pública …

Conquistada la independencia, hubo necesariamente que atenderse a la instrucción pública, y el Gobierno de Colombia se dedico formalmente a protegerla dando decretos importantes. Las rentas de los conventos extinguidos y sus edificios, las temporalidades de los ex – jesuitas, los fondos destinados por los testadores para la enseñanza, las rentas de las canonjías suprimidas, dos mil pesos de las vacantes mayores y menores de cada obispado, las fundaciones de capellanías y patronatos de legos, se dedicaron al sostenimiento de escuelas públicas. Mandose que en todas las parroquias de cada cantón hubiera establecimientos de segunda enseñanza elemental; que en cada capital de cada departamento de Colombia hubiera una universidad, y que se tratara de plantear en los puertos, donde conviniese, escuelas especiales de astronomía y navegación, del arte de la construcción naval, de artillería, de ingenieros, geógrafos, de cosmografía, de hidrografía, de minas, de agricultura experimental y de bellas artes. Ya porque los medios fueran inadecuados, o porque la política no permitiera poner en practica tan importantes decretos, el caso es que estos no produjeron el efecto deseado[2].

Gestiones educativas de bolívar y la escuela lancasteriana. Cuando el joven Simón Bolívar viaja a Londres, en compañía de López Méndez y Andrés Bello, como emisario del Congreso de 1811, ya empieza a ponerse en practica la idea de traer al país metodologías renovadoras en materia de enseñanza y, al efecto, se entrevista con Lancaster, eminente maestro ingles, quien para ese momento ensayaba su revolucionario método de enseñanza mutua. Es al mismo Lancaster a quien se hace contratar, a través de la Municipalidad de caracas, en 1824, para que asesorase en la fundación de escuelas y la formación de un grupo de maestros capaces de promover en el país la metodología lancasteriana, mediante la cual se podría atender a un mayor número de alumnos aprovechando, como monitores o colaboradores del maestro, a los alumnos mas avanzados. De esta manera se economiza dinero y tiempo[3].

03 de septiembre. Se ordena la apertura de la Academia Militar de Matemáticas. Fue creada por orden de la Junta Suprema de Venezuela a través de la Secretaria de Guerra ocupada por Lino de Clemente.

21 de septiembre. Se eleva a la categoría de Universidad al Seminario de San Buenaventura de Mérida. Por orden de la Junta Suprema de Venezuela, se ordena elevar al Seminario de San Buenaventura al rango de universidad, con el nombre de Real Universidad de San Buenaventura de los Caballeros, con autorización para otorgar grados mayores y menores en todas las facultades, con todos los privilegios de la Universidad de Caracas. Su existencia fue accidentada, entre otras razones por los embates de la Guerra de Independencia y el Terremoto de 1812, que hizo que cambiara de sede trasladándose a Maracaibo, y con el rango nuevamente de Seminario durante el tiempo en el cual el territorio venezolano estuvo bajo la conducción de las tropas realistas.

Se presenta el plan de gobierno de la Provincia de Barinas. En el se señala que se establecerán “escuelas de doctrina cristiana y de primeras letras en todos los lugares que puedan mantener maestros, pagándose por lo que reciban el beneficio, es decir, por los vecinos del respectivo Distrito, mientras hay fondos propios y obligando a los indolentes a recibir la enseñanza, que se dará gratuitamente a los pobres”[4]

Miguel José Sanz publica en el periódico Semanario de Caracas sus opiniones sobre la constitución efectiva del Estado Venezolano. Entre 1810 y 1811 este abogado y miembro activo del proceso de independencia venezolano publico sus ideas sobre política, leyes, soberanía, derechos y deberes en el periódico el Semanario de Caracas. En materia educativa expreso, entre otras opiniones que la educación pública “es el primer fundamento del amor general a la ley y de la felicidad de los pueblos” y “Solo la Educación Pública puede regenerar a los hombres y formar ciudadanos”[5]

1811

14 de junio. Se crea la Escuela Náutica de La Guaira. Su creación es publicada en la Gaceta de Caracas, con la finalidad de capacitar al personal para los menesteres del mar, estimular el comercio y la navegación de Venezuela.

1 de julio. El Supremo Congreso de Caracas proclama los Derechos del Pueblo. En materia educativa establece que “La instrucción es necesaria para todos. La sociedad debe favorecer en todo su poder los progresos de la razón publica y poner la instrucción al alcance de todos”[6]

05 de julio. Se firma el Acta de la Independencia de Venezuela.

13 de septiembre. Decreto del congreso de Venezuela sobre el servicio militar de los estudiantes. (Gaceta de Caracas, N° 369, del viernes 13 de septiembre de 1811). El Supremo Congreso de Venezuela, considerado que la ilustración y el fomento de las ciencias es no menos necesaria que la fuerza armada para la conservación y felicidad del Estado, y que son ya muy considerables los prejuicios de aquellas y la moral pública se resienten con que la juventud estudiosa se ocupe tan seriamente en el objetivo y fatiga de las armas”, dicta el siguiente reglamento:

I. Que todos los escolares que cursan en los generales y escuelas publicas de la capital y demás de la confederación sean relevados del servicio de guardias, patrullas y demás fatigas en que se hallan ocupados actualmente, y sólo en los casos urgentísimos de invasión e podrán en lo sucesivo sobre las armas.

II. Que los Comandantes de los batallones y demás cuerpos militares que hay en esta ciudad no admitan en ellos a ningún estuante aunque se presente voluntariamente, a menos que exhiba por escrito la licencia y el consentimiento de sus padres.

III. Que se fomenten tantas compañías, cuantas permitan el numero de estudiantes hábiles por su corporatura y edad, que será de catorce años para arriba.

IV. Que los oficiales, sargentos y cabos se nombren de los mismos estudiantes, prefiriéndose a los doctores y maestros que actualmente estuvieren cursando.

V. Que no permita al cuerpo ni a ningún individuo el uso de uniforme particular ni otra distinción fastuosa, sino una sencilla divisa.

VI. Que todos los estudiantes se instruyan en el ejercicio y manejo e las armas los domingos por la tarde en los patios del Colegio.

VII. Que para esta instrucción se destine un oficial de probidad y experiencia militar. Comuníquese al Supremo Poder Ejecutivo para que disponga su ejecución y cumplimiento de modo que continué mas oportuno. Dado en el Palacio Federal de Caracas a 5 de septiembre de 1811[7].

Se aprueba la primera Constitución de la Republica de Venezuela. En la Sesión Tercera, sobre los Deberes del Hombre en Sociedad, se establece que “Siendo instituidos los gobiernos para el bien y felicidad común de los hombres, la sociedad debe propiciar el auxilio a los indigentes y desgraciados, y la instrucción a todos los ciudadanos” (Articulo 198)[8]

5 de septiembre. El Congreso Supremo de Venezuela decreta que la ilustración y fomento de las ciencias no es menos necesaria que la fuerza armada. El artículo 1º plante que “todos los escolares que cursan en los generales y escuelas públicas de esta capital y demás de la confederación sea relevados del servicio de guardia, patrulla y demás fatigas en que se hallan ocupados actualmente, y solo en los casos urgentísimos de invasión se podrían en lo sucesivo sobre las armas”[9].

13 de septiembre. El Congreso de Venezuela decreta un reglamento sobre el Servicio Militar de los Estudiantes. Publicado en la Gaceta de Caracas, Nº 369, señala “El Supremo Congreso de Venezuela, considerado que la ilustración y el fomento de las ciencias es no menos necesaria que l fuerza armada para la conservación y felicidad del Estado, y que son ya muy considerables los prejuicios de aquellas y la moral pública se resienten con que la juventud estudiosa se ocupe tan seriamente en el objetivo y fatiga de las armas”[10]

6 de octubre. Se crea la Escuela de Anatomía en la Universidad de Caracas. Su fundador fue Federico Detlef Meyer.

10 de octubre. Se crea la Sociedad Patriótica de Barcelona. Se autodefine como escuela de formación patriótica donde se propinan a los ciudadanos “los elementos del derecho público, y en el que al favor de las discusiones se difundan los conocimientos de que carece de los sagrados derechos del hombre y del ciudadano”[11].

Supresión de todos los conventos de regulares. Se ordena mediante Ley, la supresión de todos los conventos de regulares que no tuvieran ocho religiosos de misa, por lo menos, y aplicó cuanto le pertenecía a la dotación de escuelas y colegios; en cuya virtud dispuso el Ejecutivo al siguiente año aun tales bienes fuesen administrados por lo preceptores que el nombrara[12].

1812

Enero. Constitución de la Provincia de Caracas. “Igualmente se encarga y recomienda a todos los maestros de primeras letras que pongan en manos de sus discípulos, en la forma y modo que hallen más adaptables, la presente Constitución, y también Federal, procurando que las posean y manejen como cualquier libro o lectura de las que se usan comúnmente en las escuelas, haciéndolas leer y estudiar constantemente, y en especial el capítulo octavo de la Constitución Federal que trata de los derechos del hombre, por ser una de las instituciones en que deben estar radicados a fondo, y un objeto esencialísimo de la educación que debe recibir la juventud de Venezuela” (Fernández, 1981)

Se pierde la primera Republica, vuelta la Monarquía al poder se promulga una nueva Constitución. Con la Capitulación de Miranda y la llegada de Monteverde a Caracas en junio de 1812, se pierde la primera experiencia republicana en Venezuela. retoman los realistas el poder y asumen la constitución española de 1812. Su aprobación se produce en momentos de vació de poder en la Corona, cuando fue depuesto el Rey Fernando VII por la invasión de las fuerzas francesas a territorio español. Va a ser una de las constituciones mas liberales de la época, y va a incorporar importantes planteamientos y sanciónamientos que van a intentar contener las insurrecciones en los territorios del reino debido a las exigencias reformas sociales, políticas y económicas por parte de la población.

En materia educativa, entro otras asuntos va a sancionar “En todos los pueblos de la Monarquía e establecerán escuelas de primeras letras, en las que se enseñará a los niños á leer, escribir y contar, y el catecismo de la religión católica, que comprenderá también una breve exposición de las obligaciones civiles”. (Artículo 364)[13] Su articulado va a ser fundamental en la construcción de un aparato educativo que le diera fortaleza al Estado Español en sus funciones educativas, partiendo del hecho de que las acciones sediciosas era producto de la escasa generalización de la instrucción en la población. De tal constitución se va a dispensar un conjunto de reglamentos y disposiciones que le van a dar forma administrativa y pedagógica a la instrucción, y cuya experiencia legislativa va a ser heredada por los legisladores colombianos y venezolanos en el establecimiento de las leyes de Colombia de 1812, 1826 y de la República de Venezuela en 1843.

Informe Quintana. La Constitución de Cádiz (1812) incorporan importantes planteamientos contenidos en el “Informe de la Junta creada por la Regencia para proponer los medios de proceder al arreglo de los diversos ramos de instrucción pública” (Cádiz, 9 de septiembre de 1813), mejor conocido como Informe Quintana – elaborado por Manuel José Quintana, en compañía de Martín González de Muras, José Vargas y Ponce, Eugenio Tapia, Diego Clemencin, Ramón de la Cuadra. Es un informe encargado por el Rey para que “meditásemos y propusiésemos el medio que nos pareciese más sencillo y acertado de proceder á arreglar todos los diversos ramos de instrucción pública” (López y Romero, 1999).

1813

El estado de la Guerra había mermado la acción educacionista en las principales ciudades de la Provincia de Venezuela. Algunas noticias aisladas se tienen de la existencia de escuela o casas de educación para la época. El precedente de la Constitución de Cádiz de 1812, y en general, del movimiento de las ideas de la Ilustración, refuerzan la necesidad de incorporar la instrucción como estrategia de “persuasión” a la causa de la independencia, y más a largo plazo la formación del ciudadano. En parte, la caída de la primera republica se debía al desconocimiento de los valores de vida que suponía el régimen de gobierno republicano y autónomo.

1 de mayo. Creación de una Cátedra de Latinidad en El Tocuyo. El Arzobispo de Caracas Narciso Coll y Prat, concede autorización definitiva para el establecimiento definitivo de la mencionada cátedra en la población de El Tocuyo.

22 de mayo. El Ayuntamiento Constitucional de Guayana propone el establecimiento de una Clase de Latinidad.

31 de diciembre. El Libertador Simón Bolívar ordena el 31 de diciembre de 1813, la convocatoria de una asamblea pública a celebrarse el 2 de enero de 1814 en el Convento de San Francisco de Caracas para informar sobre la situación de la República por las circunstancias de la Guerra. La Secretaría de Gracia, Justicia y Policía a cargo del señor Rafael Diego Mérida plantea la importancia de la instrucción popular, destaca el aporte de los padres para el sostenimiento de las escuelas, y reconoce que la instrucción “ofrece un vasto y dilatado campo en qué promover la felicidad del país; ya sea que se atienda el aseo, hermosura y aumento de las poblaciones; a la comodidad y seguridad de las mismas, y de los caminos públicos; a la educación física y moral de los individuos; al progreso de la industria, de las artes y de la cultura del campo, y al conocimiento de los bienes nacionales, y de la fuerza pública con que cada partido puede concurrir a la libertad del Estado” (Fernández, 1981).

1814

25 de mayo. El Rey expidió una circular en el cual mandó a organizar una expedición “con el fin de pacificar las colonias de Suramérica”. General en Jefe al mariscal de campo Pablo Morillo, el cual desembarca a mediados de abril de 1815 en la costa oriental de Venezuela, con la siguiente instrucción:

“Por ahora se dejarán en el estado en que se encuentran las Universidades y Colegios, y en general todo establecimiento científico, aprovechando las rentas para las urgencias de la guerra, dando os documentos y seguridades competentes, y dejando tanto este ramo como todo lo que corresponda a los gubernativo civil que no sea urgente, para mejores tiempos en que las luces de la Real Audiencia todo lo verifiquen”[14].

1815

19 de julio. Se promulga el Reglamento General de Policía para las Provincias de Venezuela. Aprobado por la Junta Superior y Tribunal Especial de Secuestos y del Consejo Permanente de Guerra de Caracas plantea “el interés de mantener, a través de las escuelas, tanto la fe católica con la fidelidad y sumisión al Rey[15]”.

En la segunda década, al abrirse el periodo de la Guerra de Independencia se desatienda lo poco que se había logrado en materia educativa. El siguiente resumen es el mejor testimonio de la situación educativa para el año de 1815:

No hay sino una casa de niñas educandas y esta en tanta infelicidad, que no puede mantenerse ni una docena así es que con sumo dolor veo madres afligidas, que ocurren a mí para la colocación de sus hijas doncellas sin podérsela conceder. No hay ni el necesario numero de cátedras en el seminario, ni las que existen tienen competente dotación, así es que tampoco hay opositores a ellas, sino casi las mas veces uno solo cuyo nombramiento se hace forzoso en el. No hay sino dos escuelas de enseñanza de primeras letras, la una en el seminario para veinte y cinco niños provenientes de una dotación y la otra de dotación de la ciudad, ambas insuficientes para mas de mil niños varones que hay en ellas, y así es que para algunos, cuyos padres supieran por que la instrucción no les falte, se acomodan unos pagados maestros, y otros solicitando la caridad de un lego de convento de San Francisco o de otras personas pías, aunque sea un negro de que resulta el hallarse estas escuelas sin el correspondiente orden para la mejor disciplina. Y para las niñas no hay absolutamente escuela alguna y rara la casa particular en que se les haga la competente Instrucción para las faenas y otros oficios mujeriles y caseros[16].

1816

Febrero. La Diputación de Puerto Cabello ordena el establecimiento de una escuela de primeras letras en el pueblo.

Se registra el funcionamiento de una escuela en Petare. Se conoce a partir de 1816, la existencia de la escuela de música regentada por el músico Juan Francisco Meserón, transformada luego en la escuela de varones de primeras letras de la Villa de Petare. La instalación del cabildo petareño el 26 de octubre de 1822, registra a este único establecimiento como centro de enseñanza. Para 1822 funcionaba la escuela de primeras letras para varones, regentada por Juan Meserón, la matrícula era de treinta alumnos, la admisión incluía a niños en calidad de pobres clasificados por el párroco Xedler. El preceptor renuncia y se asigna a Juan Marrero[17].

1817

Reforma Universitaria. “Para 1817, en plena guerra, llega a Venezuela la influencia de los liberales de las Cortes de Cádiz, y una reforma de la Universidad, recomienda como objeto, precisamente, agregar el plan de los estudios de Arte y Filosofía las matemáticas, aritmética, álgebra y geometría, que era lo que Baltasar Marrero había implantado de hecho, y por el cual había sido atacado” en la institución[18].

17 de diciembre. Se incorpora en el plan general de estudios o constituciones de la Universidad la enseñanza del idioma castellano. Después de múltiples discusiones en el claustro universitario y gestiones ante el Rey, se aprueba por Real Cédula la enseñanza del idioma castellano en la Universidad.

Se promulga el Reglamento de Policía. En este reglamento se ordena “Redoblarán su celo sobre los establecimientos de las escuelas de primeras y clases de latinidad, cuidando del buen desempeño de los maestros y preceptores, de su conducta y buena opinión política a favor del Rey, de sus máximas morales y del mejor método de enseñanza, por lo que todas las cualidades influyen en la educación de la juventud y en el bien general del Estado”[19]

1818

5 de febrero. El Rey aprueba las Constituciones para el funcionamiento del Real Seminario de San Buenaventura de Mérida.

Se crea una Academia de Música. Se otorga licencia al Profesor Lino Gallardo para dirigir una Academia de Música.

1819

15 de febrero. El Libertador Simón Bolívar pronuncia su discurso ante el Congreso Constituyente reunión en la Ciudad de Angostura, y propone una nueva constitución para Venezuela. Proclama que “La educación popular debe ser el cuidado primogénito del amor paternal del Congreso. Moral y luces son los polos de una república; moral y luces son nuestras primeras necesidades”. El proyecto de constitución plantea la creación del Poder Moral, constituido por dos cámaras; la Cámara de Moral y la Cámara de Educación, esta se encargaría de organizar y velar por la instrucción publica de la población. En sus reflexiones el Libertador señala “Constituyamos este areópago para que vele sobre la educación de los niños, sobre la instrucción nacional; para que purifique lo que se haya corrompido en la República; que acuse la ingratitud, el egoísmo, la frialdad del amor a la patria, el ocio, la negligencia de los ciudadanos; que juzgue de los principios de corrupción, de los ejemplos perniciosos; debiendo corregir las costumbres con penas morales, como las leyes castigan los delitos con penas aflictivas, y no solamente lo que choca contra ellas, sino lo que las burla; no solamente lo que las ataca, sino lo que las debilita; no solamente lo que viola la Constitución, sino lo que viola el respeto público[20]”. Las ideas propuestas por el Libertador sobre el Poder Moral fueron excluidas del texto constitucional y aceptadas como apéndice a la misma.

15 de agosto. El Congreso Constituyente de Angostura aprueba una nueva constitución. En materia educativa se plantea que para ser ciudadano activo y gozar de los derechos, debe “Saber leer y escribir, pero esta condición no tendrá lugar hasta 1830” (Artículo 4). En el Titulo VI, sobre el Poder Legislativo, Sección Segunda, De la Cámara de Representantes, sus atribuciones y duración, estatuye que “la Cámara (de representantes) corresponde velar sobre la educación publica y sus progresos, decretando los establecimientos que le parezcan convenientes” (Artículo 4)[21].

17 de diciembre. El Congreso Supremo de Venezuela decide sujetarse voluntariamente al pueblo de la Nueva Granada para constituir la República de Colombia.

1820

21 de junio. El Libertador, Simón Bolívar, decreta en El Rosario, que “el patronato, dirección y gobierno de los colegios de estudios y educación establecidos en la República pertenece al gobierno, cualquiera que haya sido la forma de establecimiento de aquellos”[22].

El Cabildo de Caracas, en posesión de las tropas realistas promulgan las Ordenanzas Municipales para el Gobierno y Policía de la Muy Ilustre Ciudad de Santiago de León de Caracas[23]. La ordenanzas describen el modelo de instrucción de la Caracas de principios del siglo XIX. Apunta tres aspectos: escuela, oficios mecánicos y ciencia. Se regulas tres aspectos claves de la institución escolar: niños, maestros, métodos y contenidos de enseñanza. Escuela de educación Civil y Cristiana, establece dos mandatos a la escuela, por un lado la de formar en las obligaciones civiles y políticas ajustado a los cánones de la Monarquía; y en segundo termino una enseñanza en la doctrina cristiana.

1821

5 de enero. Se promulgan las Ordenanzas Municipales de Reglamento de las Escuelas de Educación Cristiana y Civil de la Ciudad de Caracas[24]. Vuelta la Monarquía española, en 1820, al régimen constitucional el gobierno inició negociaciones de paz con las colonias rebeldes. Las llevadas a cabo en Venezuela culminaron con los Tratados de Armisticio y Regularización de la Guerra. Creyó el Ayuntamiento de Caracas que se iniciaba una era de estabilidad, propicia al resurgimiento intelectual, y formuló en los primeros meses de 1821, unas muy interesantes Ordenanzas relativas a la Educación Publica. En las ordenanzas se expresa una intención por parte del Estado en monopolizar la administración del proceso educativo y todas sus consecuencias. Se obligaban a todos los niños de la ciudad a asistir a alguna de las escuelas creadas, haciéndose notorio la idea de difundir las luces igual para todos. Inclusos aquello que tuviesen maestros particulares, éstos tendrán que realizar una prueba ante el Cabildo con la finalidad de demostrar sus capacidades. Un elemento que se destaca en la ordenanza es que se le da acceso a instituciones educativas públicas a los hijos de los pardos. Recuérdese que estos no tenían los beneficios de la instrucción dispensados por la escuela, cuestión que los llevo a finales del siglo XVIII a solicitar al cabildo la creación de una escuela para pardos. En esta oportunidad se les otorga el beneficio de la instrucción, pero lo hace se forma separada, tres serán las escuelas para blancos y tres para pardos. Otro aspecto importante es la prohibición de libros sediciosos a los educandos, muestra de la hegemonía que intentaban imponer la corona sobre la vida cultural e intelectual de las colonial e incluso de la misma metrópolis.

6 de mayo. Se instala el Congreso Constituyente en la Ciudad de Villa del Rosario de Cúcuta.

12 de julio. El Congreso Constituyente de Cúcuta ratificó la “Ley fundamental de la unión de los pueblos de Colombia”, dictada en Angostura el 17 de diciembre de 1819, y se les declaró reunidos desde luego “en un solo cuerpo de nación, bajo el pacto expreso de que su gobierno es y será siempre popular representativo[25]”.

20 de julio. Se promulga la Ley sobre establecimiento de escuela de niñas en los Conventos de Religiosas.

28 de julio. Se promulga la Ley sobre la aplicación de los Bienes de los Conventos menores a la enseñanza publica. Establece en el articulado lo siguiente: “se suprimen todos los conventos de regulares que el día de la sanción de esta ley no tengan por lo menos ocho religiosos de misa, exceptuando solamente los hospitalarios; los edificios de los conventos suprimidos se establece en el mismo artículo que todos los bienes muebles, raíces, derecho y acciones, que la propiedad de los fieles había dado a los mencionados convento, se aplican para la dotación y subsistencias de los colegios o casa de educación de las respectivas provincias a quienes pasarán con todos los gravámenes impuestos por los fundadores”[26].

2 de agosto. El Congreso de Colombia promulga la Ley sobre establecimiento de escuelas de primeras letras para niños de ambos sexos. Consta de 17 artículos en la cual se dispone sobre el gobierno educativo, las rentas de instrucción, los objetivos y métodos de enseñanza, la obligación de los madres, los preceptores y el funcionamiento de la escuela.

6 de agosto. Se promulga la Ley sobre establecimiento de colegios o casa de educación en todas las provincias. Ley establece que la educación pública es la base y fundamento del gobierno representativo y una de las primeras ventajas que los pueblos representativos y una de las primeras ventajas que los pueblos deben conseguir que esta independencia y libertad así como también considera que estableciendo en todas las clases, con lo cual conocerán sus respectivos derechos promoviendo de este modo al sostenimiento de la religión y de la moral pública y privada.

Decreto de El Libertador en materia educativa. El Libertador, Simón Bolívar, decreta en El Rosario, el 21 de junio de 1820 que:

(…) el patronato, dirección y gobierno de los colegios de estudios y educación establecidos en la República pertenece al gobierno, cualquiera que haya sido la forma de establecimiento de aquellos[27].

30 de agosto. El Congreso Constituyente de Cúcuta promulga la Ley Fundamental de la República de Colombia, vigente hasta 1830. En materia de educación plantea que son atribuciones exclusivas del Congreso “Promover por leyes la educación pública y el progreso de las ciencias, artes y establecimientos útiles, y conceder por tiempo limitado derechos exclusivos para su estimulo y fomento”[28]

29 de septiembre. Por acuerdo del Congreso de Colombia, el Real Seminario de San Buenaventura de Mérida, cuya sede funcionaba en Maracaibo, es restituido a su localidad original. Por medio de este acuerdo se restituyen los estudios superiores a la Ciudad de Mérida.

2 de octubre. Se promulga la Ley sobre la organización y régimen político de los departamentos, provincias y cantones en que se divide la Republica. En materia educativa esta Ley plantea que los Cabildos deben “Cuidar de todas las escuelas de primeras letras, y de los demás establecimientos útiles; y conceder por tiempo limitado derechos exclusivos para su estimulo y fomento”[29]

2 de octubre. Se promulga la Ley de Manumisión. Dicha ley trata sobre la abolición gradual de la esclavitud en Venezuela. En el aspecto educativo, reza: “Artículo 2º Los dueños de esclava tendrán la obligación precisa de educar, vestir y alimentar a los hijos que éstas tengan y hayan tenido desde la promulgación de la Ley de 21 de julio de 1821; pero en recompensa, los que hayan nacido antes de la publicación de esta ley, indemnizarán a los amos de sus madres, los gastos impedidos en su crianza con las obras y servicios que les prestarán hasta la edad de dieciocho años; y los que nacieren desde la publicación de esta ley en adelante, hasta la de veintiuno”[30].

En Capacho, pueblo cercano a Cúcuta, el padre Fray Sebastián Mora fundó la primera escuela lancasteriana de la América Meridional. “Lamentablemente la existencia de escuelas Lancasterianas fue muy precaria, en tierra tachirense, e incluso en algunas ciudades, como en La Grita no se encontró registros probatorios de siquiera una sola escuela bajo este método de enseñanza”[31].

Bibliografía

Bravo, J. L. – Uzcátegui, R. A. (2010). Memoria Educativa Venezolana. Base de datos. Libro Electrónico. Caracas: Escuela de Educación – UCV.


[1] FERNÁNDEZ H. R. (1981). Memoria de Cien Años. Tomo I. Caracas: Ediciones del Ministerio de Educación. Pág. 130.

[2] PAEZ, José Antonio. (1946). Autobiografía del General José Antonio Páez. Tomos I y II. Nueva York: H & R ELLIOT & CO., Inc. Pág. 186.

[3] GOVEA DE CARPIO. D. (1990). Educación Popular y Formación Docente de la Independencia al 23 de Enero de 1959. Caracas: Academia Nacional de la Historia. Pág. 11.

[4] Fernández H. R. (1981). Memoria de Cien Años. Tomo I. Caracas: Ediciones del Ministerio de Educación. Pág. 118.

[5] Tomado del Semanario de Caracas, Publicación de la Academia Nacional de la Historia, Caracas, 1.959. Cátedra de Historia de las Ideas Pedagógicas en Venezuela. Antología Documental.

[6] FERNÁNDEZ, H. R. (1995). La Educación Venezolana bajo el Signo de la Ilustración 1770-1870. Caracas. Academia Nacional de la Historia. Pág. 162.

[7] FERNÁNDEZ, , H. R. (1981). Memoria de Cien Años. Tomo I. Caracas: Ediciones del Ministerio de Educación. Pág. 121.

[8] MEDINA, H. (1996). Evolución Constitucional de la Educación Venezolana. 1811 – 1961. Valencia: Secretaría de Cultura del Gobierno de Carabobo. Pág. 18 – 27.

[9] Yépez Castillo, Aureo (1985). La educación primaria en Caracas en la Época de Bolívar. Caracas BANH.

[10] FERNÁNDEZ, , H. R. (1981). Memoria de Cien Años. Tomo I. Caracas: Ediciones del Ministerio de Educación. Pág. 121.

[11] Fernández, H. R. (1981). Memoria de Cien Años. Tomo I. Caracas: Ediciones del Ministerio de Educación. Pág. 130.

[12] Presidencia de la República. (1961). La Doctrina Liberal. Antonio Leocadio Guzmán. Pensamiento político venezolano del siglo XIX. Caracas: Ediciones Conmemorativas del Sesquicentenario de la Independencia – Presidencia de la República.

[13] Discurso del Proyecto de Constitución de 1812, trascrito del Original de las Cortes, sesión fecha 17-01-1812. En: Guerrero, Enrique. (1979). Historia de la Educación en España. Del despotismo ilustrado a las Cortes de Cádiz. Madrid: Ministerio de Educación de España.

[14] GIL FORTOUL, J. (1967). Historia Constitucional de Venezuela. Tomo 1. Talleres EOSGRAF. S.A.: España. Pág. 362.

[15] Yépez Castillo, Aureo (1985) La Educación primaria en Caracas en la Época de Bolívar. Caracas. BANH. Pág. 36

[16] LEAL citado por CANCHICA, A. (1980). Algunos rasgos característicos del proceso de la educación en Venezuela. Mimeografía. Caracas: Escuela de Educación. UCV.

[17] Nieves, Aide. (2008) Sistema Educativo del Estado Miranda. Caso: escuelas de primeras letras del Cantón Petare de 1822 a 1863. Trabajo de Grado. Caracas: Escuela de Educación – UCV.

[18] LUQUE, Guillermo (2001). Historia Oral. Momentos de la Educación y la Pedagogía Venezolana. Caracas: Fondo Editorial de Humanidades. U.C.V. Pág. 62.

[19] Yépez Castillo, Aureo (1985) La Educación primaria en Caracas en la Época de Bolívar. Caracas. BANH. Pág. 38

[20] Discurso publicado en el Correo del Orinoco, números 19, 20, 21 y 22 del 20 de febrero al 13 de marzo de 1819.

[21] MEDINA, H. (1996). Evolución Constitucional de la Educación Venezolana. 1811 – 1961. Valencia: Secretaría de Cultura del Gobierno de Carabobo. Pág. 29 – 50.

[22] Fernández, H. (1995). La Educación venezolana bajo el signo de la ilustración, 1770 – 1870. Caracas: Academia Nacional de la Historia.

[23] Archivo del Ayuntamiento de Caracas. “Archivos Capitulares”. Tomo I. 1820. Fs. 45 a 61. Discusión: “Archivos Capitulares”. Tomo III. 1820. F. 47. Ordenanzas Municipales para el gobierno y policía de la muy ilustre ciudad de Santiago de León de Caracas. Año de 1820. En: Archivo de Carmen Elena Chacón. Escuela de Educación – UCV.

[24] Actas del Ayuntamiento de Caracas. Sesión celebrada el día 11 de enero de 1821. Folio 24. Publicado en el «Boletín del Archivo General de la Nación ", Caracas, julio y agosto de 1947, N° 139, tomo XXXV, pp. 229-237. Tomado de: LEAL, I. (Comp.). (1968). Documento para la Historia de la Educación en Venezuela (época colonial). Caracas: Ediciones de la B.A.N.H. Pág. 389.

[25] GIL FORTOUL, J. (1967). Historia Constitucional de Venezuela. Tomo I. Madrid: Talleres EOSGRAF; S.A.

[26] CANCHICA, A. (1980). Algunos rasgos característicos del proceso de la educación en Venezuela. Mimeografía. Caracas: Escuela de Educación. UCV.

[27] Fernández, H. (1995). La Educación venezolana bajo el signo de la ilustración, 1770 – 1870. Caracas: Academia Nacional de la Historia.

[28] MEDINA, H. (1996). Evolución Constitucional de la Educación Venezolana. 1811 – 1961. Valencia: Secretaría de Cultura del Gobierno de Carabobo. Pág.

52.

[29] Yépez Castillo, Aureo (1985) La Educación primaria en Caracas en la Época de Bolívar. Caracas. BANH. Pág. 46.

[30] Presidencia de la República. (1961). Conservadores y Liberales. Los grandes temas políticos. Caracas. Ediciones Conmemorativas del Sesquicentenario de la Independencia – Presidencia de la República.

[31] J. Pascual Mora-García. La institución escolar en los cantones de la grita y san Cristóbal, en el tiempo histórico de la gran Colombia. (1821-1830) Grupo de Investigación de Historia de la Educación – ULA-Táchira.


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